Respuestas sobre Herencias Imprimare Email
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Cuando usted hereda:

  • Cuando alguien fallece lo primero que hay que saber es si hay testamento. Este proceso es diferente dependiendo en el pais donde se haya realizado el testamento, y de la situacion legal del fallecido.

  • De  no haberlo, habrá que hacer la declaración de herederos.

  • Por la aceptación de una herencia, usted se hará responsable de las deudas que pudiera tener el fallecido, y responderá no sólo con la herencia sino con sus propios bienes. La manera de evitarlo es solicitar el beneficio de inventario.

  • El beneficio de inventario es la ventaja que la ley pone a disposición del heredero para que pueda aceptar la herencia manteniéndola separada de su patrimonio a todos los efectos legales. Para que cuando haya más deudas que bienes, no tenga que hacerse cargo de ellas.

  • El cónyuge sobreviviente tiene derecho al usufructo del tercio de mejora, salvo otra disposición o que no hubiere descendientes y, especialidades de Derechos forales.

  • En España para pagar el impuesto dispone de seis meses de no hacerlo en este plazo, deberá pagarlo con recargo. En otros paises de la comunidad Europea los plazos y recargos son diferentes, por lo que conviene solucionar las tasas lo antes posible.

  • En varios paises, se pierde la capacidad de heredar el bien en muy poco tiempo, por lo que hacer unas gestiones rapidas y efectivas hace que no se pierda masa patrimonial.

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