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¿Cuál es el órgano competente? ¿Con quién debo ponerme en contacto?
En Croacia son los tribunales y los notarios quienes tienen competencia en materia de sucesión hereditaria.
Cuando un tribunal recibe un certificado de defunción, inicia el procedimiento sucesorio remitiendo los documentos relativos a la herencia al notario, quien – en su condición de delegado del tribunal – dirige el procedimiento sucesorio y emite decisiones (si todas las partes están de acuerdo y no hay conflicto alguno). Cuando surgen discrepancias en la información aportada, esto es, en relación con la determinación de los herederos o la identificación de los bienes, los notarios pueden devolver el expediente al tribunal para que este concluya el procedimiento sucesorio.
Las autoridades a contactar son el tribunal local y un notario.
¿Cuál es la legislación aplicable? ¿Puedo elegir la ley aplicable a mi sucesión?
La ley aplicable a la sucesión hereditaria es la ley del país cuya nacionalidad ostentaba el causante en el momento de su fallecimiento. La ley de Croacia no admite excepciones a este principio; no se puede elegir la ley aplicable a la propia sucesión hereditaria.
Los tribunales de Croacia tienen competencia exclusiva cuando el causante es un ciudadano extranjero y tiene propiedades en Croacia.
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